鈥淣o se puede hablar de una 鈥榠nvitaci贸n鈥 a una periodista en un proceso formal porque implicar铆a la revelaci贸n de fuentes y datos que est谩n protegidos por la Ley de Imprenta鈥, expres贸 la asesora de los diarios representados por la ANP, Mabel Antezana.
En representaci贸n de la periodista, la Federaci贸n Sindical de Trabajadores de la Prensa de Cochabamba (FSTPC) emiti贸 un pronunciamiento p煤blico este martes 5 de diciembre en el que expres贸 su rechazo a la 鈥渋nvitaci贸n鈥 a declarar por parte de un fiscal policial.
La reportera recibi贸 una notificaci贸n de la Fiscal铆a Policial para presentarse a prestar su declaraci贸n informativa con relaci贸n a una denuncia de una abogada contra efectivos policiales por hechos irregulares comprendidos en la Ley 101 del R茅gimen Disciplinario de la Polic铆a Boliviana.
Funcionarios de la Direcci贸n de Departamental de Investigaci贸n Policial Interna de la ciudad de Cochabamba, se presentaron en las instalaciones de Radio Fides la tarde del lunes 04 de diciembre pasado para entregar la citaci贸n a la periodista.
鈥淟es expliqu茅 que no corresponde que un periodista sea citado para declarar sobre una nota informativa difundida o fuentes entrevistadas porque hay una Ley (de Imprenta) que ampara su labor. Adem谩s, de que no era un efectivo de la Polic铆a para responder a un requerimiento de la Fiscal铆a Policial鈥, inform贸 Challapa a la Unidad de Monitoreo de la Asociaci贸n Nacional de la Prensa (ANP).
El citatorio lleva el t铆tulo de 鈥渋nvitaci贸n a nombre de la Polic铆a Boliviana鈥, en virtud a un requerimiento Fiscal Policial de fecha de 24 de noviembre del presente a帽o dentro de un caso abierto contra varios uniformados. Por la misma, la periodista debe presentarse de 鈥渇orma voluntaria鈥 en dependencias de la Direcci贸n Departamental de Investigaci贸n Policial Interna de la ciudad de Cochabamba el 11 de diciembre pr贸ximo en horas de la ma帽ana.
鈥淟a FSTPC lamenta profundamente el accionar de la Polic铆a, que se desconociera la condici贸n de periodista de Challapa, y le solicita revertir la invitaci贸n, y si lo desea, acudir a las instancias que regulan a la prensa en el pa铆s鈥, se帽ala parte del documento.
En ese marco, la organizaci贸n gremial le recuerda al fiscal policial que est谩 vigente la Ley de Imprenta, que es la jurisdicci贸n que compete en lo que respecta al trabajo de la prensa en Bolivia, y que la Constituci贸n Pol铆tica del Estado, en su art铆culo 106, inciso II, 鈥済arantiza a las trabajadores y trabajadores de la prensa, la libertad de expresi贸n, el derecho a la comunicaci贸n y a la informaci贸n鈥.
Adem谩s, puntualiza que la Constituci贸n en el art铆culo antes mencionado establece 鈥渜ue los periodistas ejercen su labor mediante las normas de 茅tica y autorregulaci贸n de las organizaciones de periodistas y medios de comunicaci贸n y su ley鈥.