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Camacho revela que le notificaron y obligaron a firmar orden en Chimoré

El Diario
Publicado Miercoles, 25 de Enero de 2023.
Camacho revela que le notificaron y  obligaron a firmar orden en Chimoré
El abogado William Bascopé advirtió que el procedimiento de incomunicación al que fue sometido el gobernador de Santa Cruz, el 28 de diciembre de 2022, y el desconocimiento de su paradero, por varias horas, responden a la figura de secuestro y vulnera las garantías constitucionales.

A pesar de que uno de los abogados que patrocina al gobernador de Santa Cruz, Luis Fernando Camacho, aclaró en audiencia que su patrocinado firmó la orden de aprehensión cuando fue trasladado de Santa Cruz a Chimoré, el 28 de diciembre de 2022, el vocal César Portocarrero declaró que la aprehensión fue legal.


El abogado Eusebio Vera, en anterior entrevista con EL DIARIO, explicó que de acuerdo al artículo 224 del Código de Procedimiento Penal (CPP) una persona denunciada debe ser citada para que preste su declaración informativa y en caso de que no lo haga recién emitir una orden de aprehensión.


“Artículo 224º.- (Citación). Si el imputado citado no se presentara en el término que se le fije, ni justificara un impedimento legítimo, la autoridad competente librará mandamiento de aprehensión”, se lee en la norma.


Vera aclaró que en caso de la existencia de riesgos procesales y si estuviera frente a actos que vulneren el derecho a la vida y la seguridad del Estado, solo así, se puede emitir una orden de aprehensión directa por parte del fiscal.


El abogado William Bascopé, en entrevista anterior con radio Fm La Paz, explicó que la forma en que fue detenido Camacho es un secuestro porque el aprehendido tiene derecho a un patrocinador y a ser notificado previamente, extremo que según aclaró el abogado que patrocina a Camacho no sucedió.


Bascopé advirtió que el procedimiento de incomunicación y el desconocimiento de su paradero, por varias horas, responden a la figura de secuestro, y vulnera las garantías constitucionales.


En similar criterio, el abogado Juan Peñaloza, explicó a EL DIARIO que tiene que existir un mandamiento y una resolución de orden de aprehensión, con la que debe ser notificado el imputado.


“Para emitir una orden de aprehensión tienen que existir suficientes elementos de convicción en la cual se demuestren que esa persona ha sido partícipe o cometió el ilícito que se está investigando. Tienen que existir riesgos procesales de obstaculización o peligro de fuga. Se tiene que cumplir con el aspecto formal y material”, precisó.


Sin embargo, el abogado Carlos Ledezma, en su intervención en la audiencia de ayer, indicó que Camacho no fue notificado con su orden de aprehensión el momento en el que lo detuvieron de manera violenta, sino que le notificaron con el documento cuando ya lo habían trasladado hasta Chimoré, departamento de Cochabamba.

SECUESTRO


La tarde del 28 de diciembre de 2022, Camacho fue interceptado cuando transitaba una de las calles de Santa Cruz de la Sierra por encapuchados que luego fueron identificados como agentes del Grupo de Inteligencia de Operaciones Especiales (GIOE).


“Lo bajaron del vehículo en el que él iba, rompieron el vidrio, se lo sacaron y se lo llevaron. Yo estaba en la casa, salí y llegamos detrás de ellos, nos estaban esperando tres vehículos de narcóticos, nos cerraron, nos chocaron y de ahí comenzaron a disparar”, dijo uno de los choferes del gobernador que presenció los hechos de ese día.


La asambleísta Paola Aguirre, coincidió en calificar el operativo como un secuestro y dijo que hubo disparos de armas de fuego, aunque aquello pudo ser los gases lacrimógenos que usó el grupo de Inteligencia para reducirlos.


“Quiero denunciar el secuestro del gobernador Luis Fernando Camacho, que fue interceptado por un vehículo con personas armadas que han disparado contra las personas que se encontraban acompañando al gobernador tras una reunión con los subgobernadores”, manifestó la asambleísta departamental.


Medios de comunicación locales mostraban que Camacho era trasladado a Chimoré como una primera escala antes de ser derivado a la sede de gobierno, donde ya se instalaban las “vigilias” de grupos masistas que pedían “justicia” para las denominadas “víctimas de Senkata y Sacaba”, pero también por “las muertes del paro de 36 días” que se desarrolló en Santa Cruz durante noviembre de 2022 por el tema del censo.

ORDEN DE APREHENSIÓN


Después de varias horas de incertidumbre sobre el paradero de Camacho, se difundió una orden de aprehensión firmada por el fiscal Omar Mejillones, con fecha 31 de octubre, a denuncia de la exdiputada masista Lidia Patty y bajo la figura de supuesto “terrorismo” en grado de “autoría”.


Luego, la Fiscalía General emitió un comunicado para rechazar que el operativo haya sido un secuestro y recordó ese antecedente del “golpe I” que ya tiene a la expresidenta Jeanine Añez encarcelada desde marzo de 2021.


“La decisión fiscal no se trata de un secuestro o persecución política, por el contrario, fue emitida en el mes de octubre de la presente gestión y cuenta con control jurisdiccional del Juez Décimo de Instrucción en lo Penal del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Asimismo, el ciudadano Luis Fernando Camacho tiene pleno conocimiento de dicho proceso, desde su inicio en fecha 28 de noviembre de 2020, conforme dispone el ordenamiento jurídico boliviano”, cita la nota de la Fiscalía General.

DECLARACIONES


El 6 de octubre de 2021, el fiscal Omar Mejillones informó de la suspensión de la declaración del gobernador de Santa Cruz, a causa de que la comisión de investigadores decidió tomar primero la declaración de su padre.


“Es por eso que previa a recepcionar la declaración del señor Luis Fernando Camacho Vaca es que necesitamos tomar la declaración al señor José Luis Camacho Parada. Es por ello que la comisión de fiscales ha decidido suspender la declaración del señor Luis Fernando Camacho Vaca”, informó Mejillones en la oportunidad.


La declaración del exlíder cívico estaba prevista para el jueves 7 de octubre de 2021 en instalaciones del Ministerio Público de la calle Potosí de La Paz. Sin embargo, desde tempranas horas del miércoles las calles de La Paz y El Alto amanecieron con pancartas de amenazas contra Camacho y muñecos colgados en las pasarelas.


“Camacho asesino”, “facho encontrado, Camacho colgado”, “el fascismo no pasará” y “muerte a los fachos”, son algunos de los mensajes que se leían en los pasacalles colgados en el centro paceño, en el frontis del Ministerio Público y otras instalaciones.


El 12 de julio de 2022, la Fiscalía determinó suspender la declaración de Luis Fernando Camacho en el caso denominado “golpe de Estado I”, bajo el argumento de que los fiscales recibieron amenazas y temían por su vida.


“La comisión de fiscales ha sufrido una serie de amenazas muy graves (…) cosas que por decir quieran atentar contra la vida de estos miembros de la Fiscalía. En ese entendido es que vamos a dar por suspendida la declaración informativa en calidad de sindicado del señor Luis Fernando Camacho, toda vez que la comisión de fiscales teme por su vida”, dijo el fiscal Carmelo Laura, en la oportunidad.


El fiscal dijo que las amenazas a los fiscales fueron recibidas mediante llamadas anónimas y que las harían conocer a la Fiscalía de La Paz, que está a cargo de las investigaciones, no obstante, a la fecha, no se conoce de una investigación al respecto.


A pesar de esos antecedentes, la justicia determinó ayer improcedente la apelación que presentó Camacho por su aprehensión de diciembre.


“Esta sala penal declara inadmisible la presentación de Luis Fernando Camacho por haber sido planteado dentro del plazo de la hora e improcedente los fundamentos expuestos y confirma la resolución 472/2022 de fecha de 23 de diciembre de 2022”, sentenció el vocal César Portocarrero de la sala penal que llevó adelante la audiencia virtual de incidente procesal.


“Lo cierto y evidente es que ha sido notificado y tuvo conocimiento de esas notificaciones (para que se presente a declarar), se evidencia que el 28 de diciembre a 14:15 fue notificado y luego aprehendido, bajo el artículo 226 del Código de Procedimiento Penal”, argumentó el vocal de la sala.


El vocal señaló que no se vulneraron los derechos de Camacho porque luego de su aprehensión se desarrolló su audiencia cautelar donde el juez determinó que guarde detención preventiva en el penal de Chonchocoro por cuatro meses.


“(Al final) de esa audiencia, la defensa podría haber hecho (o solicitado), complementación, enmienda, que se destaca (pero) no se evidencia que hayan solicitado”, aseguró.



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