“Con relación a la Declaración Constitucional 003, consignada como PDD 11, la misma que data de fecha 31 de julio de 2001, el mismo data con relación a una consulta que se habría efectuado respecto a los artículos 91 y 93 de la CPE. Si vemos el lineamiento constitucional, la norma suprema vigente ha sido promulgada el año 2009, exactamente el 9 de febrero del año 2009; en ese entendido, esta Declaración Constitucional ha sido efectuada el 31 de julio del año 2001 en base a la anterior CPE, por consiguiente, si bien es una declaración constitucional pero habiéndose ya modificado la norma suprema, el Tribunal considera que la misma en el presente caso es impertinente conforme al tenor del artículo 171, última parte, del adjetivo Penal, en tal virtud se excluye la misma”, lee el juez Ramos